El Tribunal de Familia dio a lugar a la querella presentada por el director regional del Servicio Nacional de Menores (Sename), en favor del niño que sufrió el corte de su cuello por parte de un tío que padece de esquizofrenia.

Además, el Tribunal dio lugar a medidas cautelares y fijó audiencia para el viernes 23 de diciembre, a las 11 horas, para el análisis de informes situacionales requeridos por la propia magistratura en beneficio del niño M.N.A.P., de 6 años.

También el Tribunal consideró que desprendiéndose del parte policial la existencia de factores de riesgo para la seguridad personal del niño, especialmente, la circunstancia de haber sido agredido, y sin perjuicio de la medida cautelar impuesta al agresor en sede penal, se decreta la medida cautelar contemplada en el artículo 71 g) de la Ley de Tribunales de  Familia, en orden a prohibir a Augusto Alfredo Peña García, acercarse al niño M. N.A.P., 6 años de edad, domiciliado en Los Cóndores 2893, Alto Hospicio, a su lugar de  estudio  o así como a cualquier otro lugar donde ésta permanezca, visite o concurra habitualmente, hasta una distancia de 100 metros y por el plazo de  90 días hábiles, cautelar que se extiende al grupo familiar que vive con el menor. Hágase  presente al requerido  que en caso de incumplimiento de esta medida cautelar, se ordenará  su arresto hasta por quince días sin perjuicio de  poner los antecedentes en conocimiento del Ministerio Público para que instruya causa por el delito de desacato.

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Categoría: Policial

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